Más información

martes, 1 de marzo de 2016

LOS ENCARGADOS DEBEN SABER SU HORARIO DE ENTRADA Y DE SALIDA


Teniendo en cuenta que la organización del trabajo corresponde a la dirección de la empresa, los trabajadores tienen derechos  a conocer aquellas decisiones de carácter organizativo que puedan afectar a los/as trabajadores/as (Capítulo II- Organización del trabajo del Convenio Colectivo). 



Artículo 19º JORNADA Trimestralmente se planificará, en cada centro, los cuadros  horarios, con especificación de los distintos, turnos y horas de entrada y salida para todos/as los/as trabajadores/as. Los encargados de turnos (jefes y jefas de cada centro de trabajo) también están dentro de esta categoría. Por lo tanto, desde UGT,  solicitamos a la empresa y a los centros de trabajo que expongan y respeten las horas de entrada y de    salida de los jefes de piso para que, así, como el resto de los trabajadores, tengan derecho de conciliar su vida laboral y personal. 
Es un derecho que no debe ser vulnerado en ningún momento. Si no se cumple este derecho en tu centro, ponte en contacto con los delegados de UGT para que pongan en conocimiento de RRHH las infracciones cometidas. 



No hay comentarios:

Publicar un comentario